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Decreto 64/95...?

Publicado: Mié Ago 03, 2011 12:59 pm
por Panzercorps
Estimados Amigos :
les consulto en relacion a este dichoso decreto cuanto en el mismo reza
" Fundadas razones que justifiquen su peticion " tengo entendido que hasta hace un tiempo antes de este decreto se podia solicitar el mismo en razon de que el Arma a comprar tendria como destino la Caza o Deporte y que ahora estas razones no estan contempladas o si no No cuentan como aval para obtener un decreto que habilite a comprar un fusil,( siempre hablando de aquellos fusiles que deriven de Faz militar se entiende NO ejemplo., FSL )
entiendo que aparte del perdon y la bendicion de Benedicto XVI y el telefono celular de CRISTO y la declaracion Jurada donde estos dos dicen que no lo voy a utilizar para cosas malas EJ..Asaltar Blindados
No entiendo que entienden ellos por Razones Fundadas que justifiquen la peticion y posterior otorgamiento o seran dos cosas distintas
a lo mejor pedir se puede que te lo otorgen es otra cosa ...?????

Re: Decreto 64/95...?

Publicado: Mié Ago 03, 2011 1:53 pm
por ots03
NO existe ninguna posibilidad que te lo den...
Y en caso que te lo den....no te van a dar la tenencia del arma (vizcachote TIENE el decreto que saco cuando te lo daban y dde hace 3 meses le andan con vueltas para la tenencia).
Hay que ver que pasa recien si en un futuro se va A fernandez y renuevan las autoridades renar, antes es al pedo.

Re: Decreto 64/95...?

Publicado: Mié Ago 03, 2011 2:17 pm
por Julian
Panzercorps escribió: No entiendo que entienden ellos por Razones Fundadas que justifiquen la peticion
Nadie lo entiende. Está diseñado para que no sea entendible. Por eso es una facultad discrecional del director... no está sujeto a normas claras ni reglas: hace lo que le parece. Y si no le parece acceder al pedido, no lo hace y andá a llorar a la iglesia.

Re: Decreto 64/95...?

Publicado: Mié Ago 03, 2011 3:06 pm
por tano_44mag
Panzercorps escribió:Estimados Amigos :
les consulto en relacion a este dichoso decreto cuanto en el mismo reza
" Fundadas razones que justifiquen su peticion " tengo entendido que hasta hace un tiempo antes de este decreto se podia solicitar el mismo en razon de que el Arma a comprar tendria como destino la Caza o Deporte y que ahora estas razones no estan contempladas o si no No cuentan como aval para obtener un decreto que habilite a comprar un fusil,( siempre hablando de aquellos fusiles que deriven de Faz militar se entiende NO ejemplo., FSL )
entiendo que aparte del perdon y la bendicion de Benedicto XVI y el telefono celular de CRISTO y la declaracion Jurada donde estos dos dicen que no lo voy a utilizar para cosas malas EJ..Asaltar Blindados
No entiendo que entienden ellos por Razones Fundadas que justifiquen la peticion y posterior otorgamiento o seran dos cosas distintas
a lo mejor pedir se puede que te lo otorgen es otra cosa ...?????
Si, tenes razon para caza no hay justificacion, porque esta prohibido cazar con armas de uso civil condicional semiautomaticas, por el 666/97.
Y la unica justificacion que te permita tenerlas y usarlas es para uso deportivo, lease TP, pero para poder pedir el decreto para uso en TP, tenes que haber participado en al menos un torneo de TP con fusil, y para eso tenes que haber tenido una...o te la tienen que haber prestado para el torneo....pero implicitamente, si no tenes el decreto no te las pueden prestar....es medio un circuito cerrado...
Lo unico que se es que los decretos no salen tan facilmente...se de algunos que estan parados desde hace mas de 6 meses.

Re: Decreto 64/95...?

Publicado: Mié Ago 03, 2011 3:33 pm
por luca1976
Razones Fundadas = término extremadamente subjetivo para poder negar la entrega del permiso o dársela a un amigo del poder que ponga cualquier pelotudez. Si fuéramos iguales ante la ley, debería enumerar un listado de condiciones objetivas a reunir para conseguir la tenencia.

Hasta 1994 los tenian en paragueros y los comprabas en la feria de armas por $350
Hasta el 2002 te lo daban únicamente si eras un eximio practicante y campeón de tiro práctico con fusil.
Luego de 2002 no se lo dan ni a militares en actividad. Únicamente cámpora, camioneros y/o amigos del poder.

Con la portación pasa algo similar

Re: Decreto 64/95...?

Publicado: Mié Ago 03, 2011 4:31 pm
por tano_44mag
Julian escribió:
Panzercorps escribió: No entiendo que entienden ellos por Razones Fundadas que justifiquen la peticion
Nadie lo entiende. Está diseñado para que no sea entendible. Por eso es una facultad discrecional del director... no está sujeto a normas claras ni reglas: hace lo que le parece. Y si no le parece acceder al pedido, no lo hace y andá a llorar a la iglesia.

El decreto debe ser firmado por el ministro, no por el director del renar...es lo que indica el decreto y se cajonea en el ministerio...es solo facultad del ministro

Re: Decreto 64/95...?

Publicado: Mié Ago 03, 2011 4:33 pm
por tano_44mag
luca1976 escribió:Razones Fundadas = término extremadamente subjetivo para poder negar la entrega del permiso o dársela a un amigo del poder que ponga cualquier pelotudez. Si fuéramos iguales ante la ley, debería enumerar un listado de condiciones objetivas a reunir para conseguir la tenencia.

Hasta 1994 los tenian en paragueros y los comprabas en la feria de armas por $350
Hasta el 2002 te lo daban únicamente si eras un eximio practicante y campeón de tiro práctico con fusil.
Luego de 2002 no se lo dan ni a militares en actividad. Únicamente cámpora, camioneros y/o amigos del poder.

Con la portación pasa algo similar
Peor, imaginate en que condicion se encuentra el que si tiene alguno de estos y quiere venderlo, porque su situacion economica o edad, no le permite seguir teniendolo o renovar el CLU o debiendo darlo como herencia....

Re: Decreto 64/95...?

Publicado: Mié Ago 03, 2011 4:35 pm
por Julian
tano_44mag escribió:
El decreto debe ser firmado por el ministro, no por el director del renar...es lo que indica el decreto y se cajonea en el ministerio...es solo facultad del ministro
Imagen

Tenés razón, se me cruzó el cable con la portación (otra facultad discrecional).

Re: Decreto 64/95...?

Publicado: Mié Ago 03, 2011 4:38 pm
por luca1976
Justamente yo tengo ese problema.
Mi tío de 83 años tiene un FSL, me lo quiere dar y no puedo tenerlo, mi viejo es militar retirado, ni a él le dan el decreto.
Digo, bueno,que lo venda, asi se hace unos pesos, los compradores son personas que quieren limarle los numeros para "dejarlo y tirar en el campo" o armerias que te pagan $2000 para ponerlos en vitrina y atraer clientes.
tano_44mag escribió: Peor, imaginate en que condicion se encuentra el que si tiene alguno de estos y quiere venderlo, porque su situacion economica o edad, no le permite seguir teniendolo o renovar el CLU o debiendo darlo como herencia....

Re: Decreto 64/95...?

Publicado: Mié Ago 03, 2011 4:41 pm
por tano_44mag
luca1976 escribió:Justamente yo tengo ese problema.
Mi tío de 83 años tiene un FSL, me lo quiere dar y no puedo tenerlo, mi viejo es militar retirado, ni a él le dan el decreto.
Digo, bueno,que lo venda, asi se hace unos pesos, los compradores son personas que quieren limarle los numeros para "dejarlo y tirar en el campo" o armerias que te pagan $2000 para ponerlos en vitrina y atraer clientes.
tano_44mag escribió: Peor, imaginate en que condicion se encuentra el que si tiene alguno de estos y quiere venderlo, porque su situacion economica o edad, no le permite seguir teniendolo o renovar el CLU o debiendo darlo como herencia....
Si, ese es un enganche, te metes en un decreto, garpas el arma y no lo podes tener nunca....despues lo queres vender, para recuperar y no encontras quien te lo compre

Re: Decreto 64/95...?

Publicado: Mié Ago 03, 2011 5:16 pm
por luca1976
Lo peor de todo tano, cuando se muera esa arma pasa a ser ilegal.
Los familiares directos no son LU y si lo fueran no lo obtendrían el decreto, pero no son bol~#!@ y no van a ir a canjearlo al renar por $600.
Terminará tirado en algún ropero...
Por más que algunas personas quieran hacer las cosas bien es increíble como el gobierno las lleva a la ilegalidad.

Cuando a mediados de los 90 empezaron a poner los requisitos y costos actuales es que empezaron a haber tantas armas sin registrar: muchos no pudieron pagar los reempadronamientos ni los tramites... por eso actualmente se calcula que las armas sin registrar son más que las registradas, no todas las tienen los delincuentes.

Re: Decreto 64/95...?

Publicado: Jue Ago 04, 2011 1:42 pm
por tano_44mag
luca1976 escribió:Lo peor de todo tano, cuando se muera esa arma pasa a ser ilegal.
Los familiares directos no son LU y si lo fueran no lo obtendrían el decreto, pero no son bol~#!@ y no van a ir a canjearlo al renar por $600.
Terminará tirado en algún ropero...
Por más que algunas personas quieran hacer las cosas bien es increíble como el gobierno las lleva a la ilegalidad.

Cuando a mediados de los 90 empezaron a poner los requisitos y costos actuales es que empezaron a haber tantas armas sin registrar: muchos no pudieron pagar los reempadronamientos ni los tramites... por eso actualmente se calcula que las armas sin registrar son más que las registradas, no todas las tienen los delincuentes.

LUCA, lamentablemente y por mas que muchos se me tiren encima, muchas de las armas que tienen los delincuentes son entregadas por el mismo personal de policia. Obviamente ninguna comprada de forma legal y algunas sustraidas en robos.
Las armas avanzadas que pueden tener los llamados grupos comandos, ninguna es comprada en armeria, la mayoria son compradas en el mercado negro, y provenientes de fuerzas armadas o traficantes.
Con respecto a "guardarse" en el ropero un arma de este tipo, no soy partidario, porque cuando un "no LU" "guarda" un arma, no lo hace con las condiciones de seguridad que suele hacer un LU. Y no es lo mismo que te afanen un 38spl que un FAL.
Y ademas otra cosa importante, no es la misma pena, por que en un allanamiento te encuentren un 22 sin papeles en tu casa a que te encuentren un .357, no te podes imaginar lo que pasa si lo que te encuentran sin papeles es un arma prohibida o de decreto...

La otra posibilidad es que se lo vendan a un coleccionista...el problema de la tenencia de coleccionista es que no puede sacarlo de la casa, a menos que sea para una exposicion y el traslado es un bardo....

Re: Decreto 64/95...?

Publicado: Jue Ago 04, 2011 2:09 pm
por luca1976
tal cual tano, veremos qué pasa cuando muere.
Mi hermano laburaba en la división balistica de la policia federal en azopardo y es como vos decís, los peritajes que hacía (aproximadamente):

- 50% armas de policias. despues de un tiroteo deben entregar las armas para peritaje, y, obviamente si el delincuente escapó sólo está para peritar la del polícia.
- 25% armas de delincuentes robadas a policias. Cada vez que matan o roban un policia, saben que está armado, así que le sacan el arma.
- 10% tumberas, porquerías que apenas puede disparar algo, con dos o tres balas viejas cargadas.
- 5% armas de LLUU con números limados o adulterados. (si entran a robar que saben si sos LLUU o tenes armas en la casa?).

Re: Decreto 64/95...?

Publicado: Jue Ago 04, 2011 2:30 pm
por chaza100
tano_44mag. No tenes ni idea de lo que estas dicendo. No tenes ningun fundamento. O sos delincuente vos y le compraste a algun policia el arma? No creo No???

Re: Decreto 64/95...?

Publicado: Jue Ago 04, 2011 2:41 pm
por Carnifex
Justo tenia la misma clase de duda.

Entonces, si yo (LU comun y corriente) pido el decreto, es mas probable que me chupe unos whiskys con el Papa y el Ayatola mientras miramos porno, que que me salga.
Si yo tuviese un decreto y quisiese el arma, debería esperar entre 0 e infinito para que me den la tenencia.
Si tuviese decreto y arma, y por alguna razón quisiera venderla casi no tendría mercado de compra.
Si tuviese decreto y arma y me muriese, el arma pasaría a ser ilegal ya que mis sucesores no podrían obtener ni decreto ni tenencia ni a quien venderla.

Una cosa que no tengo en claro, es un decreto por arma (es lo que supongo) o EL decreto te habilita a tener mas de una?

Re: Decreto 64/95...?

Publicado: Jue Ago 04, 2011 2:48 pm
por tano_44mag
chaza100 escribió:tano_44mag. No tenes ni idea de lo que estas dicendo. No tenes ningun fundamento. O sos delincuente vos y le compraste a algun policia el arma? No creo No???
A lo mejor trabajo, trabaje, o estoy en contacto con las fuentes...no te parece? y para decir lo que digo tengo fundamento....
No tiene ni sentido explicar porque, cual es mi relacion, mi trabajo, ni tampoco lo creo conveniente....No te parece?

Pero podes sacar tus propias conclusiones...sin necesidad de interpretar lo que yo diga, ni decirte de donde las saco, ni revelarte mi identidad.
Ponete a observar cada ves que se secuestran armas que tipo de armas y modelos son los secuestrados....esta bien que muchas de las armas de fuerzas armadas 45 y 9mm fueron vendidas en el mercado. Y no tenes acceso a las numeraciones ni a los resultados de balistica....pero fijate que la mayoria son identificables de la fuerza a simple vista.

Re: Decreto 64/95...?

Publicado: Jue Ago 04, 2011 2:55 pm
por tano_44mag
Carnifex escribió:Justo tenia la misma clase de duda.

Entonces, si yo (LU comun y corriente) pido el decreto, es mas probable que me chupe unos whiskys con el Papa y el Ayatola mientras miramos porno, que que me salga.
Si yo tuviese un decreto y quisiese el arma, debería esperar entre 0 e infinito para que me den la tenencia.
Si tuviese decreto y arma, y por alguna razón quisiera venderla casi no tendría mercado de compra.
Si tuviese decreto y arma y me muriese, el arma pasaría a ser ilegal ya que mis sucesores no podrían obtener ni decreto ni tenencia ni a quien venderla.

Una cosa que no tengo en claro, es un decreto por arma (es lo que supongo) o EL decreto te habilita a tener mas de una?

El decreto es uno solo....se llama arma por decreto porque lo regula este decreto tan particular....pero no van a sacar un decreto por cada arma...pero si es una firma de ministro por cada decreto.

Con respecto a si el titular muere, se supone que puede haber "un heredero legal", si hay "un heredero legal" y este heredero puede sacar el CLU, se entiende que "podria" ser beneficiario de los derechos mencionados en el decreto como "legal posecion", por lo que "podria" reclamar el derecho a tener la tenencia legal de esta arma...pero para poder aseverar esto y confirmartelo, (Y si me acuerdo) mas tarde se lo pregunto al juez y te lo respondo mañana, de todos modos sabes que todo siempre depende de como se levanto el ministro el dia que te este revisando tus pedidos....jejeje y tene en cuenta que dentro de poco tambien hay cambios, que pueden ser importantes "o no", aca nunca se sabe.

Re: Decreto 64/95...?

Publicado: Jue Ago 04, 2011 5:03 pm
por chaza100
tano_44mag. Lo voy a dejar ahí, porque capaz que yo al ser del interior de la prov. "no estoy" tan empapado en ese tema. Perooooooooo estabamos hablando de FUSIL, no de 9 mm.
PD: hay una investigación que se paso en el programa GPS, donde se mostro como se podian adquirir armas de todo tipo y calibre en la triple frontera.

Re: Decreto 64/95...?

Publicado: Jue Ago 04, 2011 6:35 pm
por DIEGO221
chaza100 escribió:tano_44mag. No tenes ni idea de lo que estas dicendo. No tenes ningun fundamento. O sos delincuente vos y le compraste a algun policia el arma? No creo No???


Estimado chaza, se sorprenderia lo que hacen algunos de sus colegas por estos lados....

Re: Decreto 64/95...?

Publicado: Vie Ago 05, 2011 10:13 pm
por Ariel Ricardo
tano_44mag escribió:no te podes imaginar lo que pasa si lo que te encuentran sin papeles es un arma prohibida o de decreto...
Aplica la misma pena que para tenencia ilegal de arma de guerra. (-Y)

Re: Decreto 64/95...?

Publicado: Vie Ago 05, 2011 10:44 pm
por luca1976
agrego que si es lluu, le corresponde 1/3 de la pena.

Re: Decreto 64/95...?

Publicado: Sab Ago 06, 2011 7:33 pm
por threemaggievox
Aca lo unico claro es que si el renar sigue poniendose en pu#& va a terminar legislando cohetes y bengalas.

Re: Decreto 64/95...?

Publicado: Sab Ago 06, 2011 7:45 pm
por chaza100
Expectacular tu foto amigo.

Re: Decreto 64/95...?

Publicado: Dom Ago 07, 2011 3:32 am
por ROBERTO-TP-
chaza100 escribió:Expectacular tu foto amigo.
Cual.?
La del avatar..??

digo....la del avatar del amigo threemaggievox....nuuuuu... (:L)

Re: Decreto 64/95...?

Publicado: Dom Ago 07, 2011 9:35 am
por chaza100
Esa, esa, que buen cromado que tiene el caño.............

Re: Decreto 64/95...?

Publicado: Dom Ago 07, 2011 2:04 pm
por PANZA SANCHO
Intentando arrojar un poco de luz al tema. Los pedidos "de decreto" son uno por cada arma involucrada que se intente adquirir o transferir. Desde más o menos 2005, han ido saliendo cada vez menos, hasta nada, primero salían para TP, luego solo coleccionistas y luego nada. Tengo presentada unos quince, el más viejo siete (7) años y poseo una docena (12) concedidos con anterioridad al cierre total (soy coleccionista).
El problema radica en la no renovación de CLU, por el motivo que sea, o muerte del titular, como están las normas la pieza debe ser entregada al RENAR, ya que los herederos, sean o no LU, no van a obtener el decreto y no pueden tenerse piezas de decreto sin tener la tenencia (bonita trampa), esta fenece con el titular actual.
Pongan por caso que compraron a un titular, la autorización no sale, se muere y los herederos, si te entregan el arma, te ayudan a cometer un ilìcito y si lo entregan al RENAR teca.... a vos.
Saludos

Re: Decreto 64/95...?

Publicado: Mar Ago 09, 2011 3:03 pm
por tano_44mag
PANZA SANCHO escribió:Intentando arrojar un poco de luz al tema. Los pedidos "de decreto" son uno por cada arma involucrada que se intente adquirir o transferir. Desde más o menos 2005, han ido saliendo cada vez menos, hasta nada, primero salían para TP, luego solo coleccionistas y luego nada. Tengo presentada unos quince, el más viejo siete (7) años y poseo una docena (12) concedidos con anterioridad al cierre total (soy coleccionista).
El problema radica en la no renovación de CLU, por el motivo que sea, o muerte del titular, como están las normas la pieza debe ser entregada al RENAR, ya que los herederos, sean o no LU, no van a obtener el decreto y no pueden tenerse piezas de decreto sin tener la tenencia (bonita trampa), esta fenece con el titular actual.
Pongan por caso que compraron a un titular, la autorización no sale, se muere y los herederos, si te entregan el arma, te ayudan a cometer un ilìcito y si lo entregan al RENAR teca.... a vos.
Saludos
Si es cierto, lo consulte la semana pasada con el juez y me olvide de postear, Si el titular muere no hay derecho adquirido, los herederos no pueden quedarse con el arma...tienen que consignarlo en una armeria, cosa que cada vez son menos las que se quieren hacer cargo de estos problemas o entregarlo al renar, cosa que decir alpiste.
Con respecto a los pedidos de coleccionistas es otra cosa y para esto uno tiene que estar registrado como coleccionista, pero el registro de coleccionista de un arma no te permite sacarla para nada del lugar de guarda, muchos coleccionistas (que se hacen llamar tales) no estan registrados como tales y no tienen las armas registradas como de coleccion, para poder ir a tirar...pero convengamos que si tenes un arma y la usas no es un arma de coleccion.
Saludos

Re: Decreto 64/95...?

Publicado: Mar Ago 09, 2011 5:32 pm
por Julian
threemaggievox escribió:Aca lo unico claro es que si el renar sigue poniendose en pu#& va a terminar legislando cohetes y bengalas.
Las bengalas náuticas dejan mucha plata para el renar.

Y ni hablar los explosivos que usa la industria del petróleo para explorar yacimientos.

Y ni hablar los explosivos que usa la industria minera para explorar yacimientos, y luego explotarlos! (literalmente)


Los legítimos usuarios somos la caja chica del renar.

Re: Decreto 64/95...?

Publicado: Mar Ago 09, 2011 9:12 pm
por PANZA SANCHO
Tano, cuando mencioné tramitar un decreto como colección, me estaba refiriendo a coleccionista inscripto como tal, mi caso, aún así con el impedimento del uso y la molestia de las medidas de seguridad adicionales, el RENAR no dá salida a los decretos, lo que conlleva a suponer cual va a ser el destino final de todas las compras así instrumentadas.

Re: Decreto 64/95...?

Publicado: Mié Ago 10, 2011 9:18 am
por tano_44mag
PANZA SANCHO escribió:Tano, cuando mencioné tramitar un decreto como colección, me estaba refiriendo a coleccionista inscripto como tal, mi caso, aún así con el impedimento del uso y la molestia de las medidas de seguridad adicionales, el RENAR no dá salida a los decretos, lo que conlleva a suponer cual va a ser el destino final de todas las compras así instrumentadas.
si, el unico que pierde es el LU, porque las armerias no devuelven nada y la guita ya la cobraron...el problema despues es tuyo.
veamos que pasa con el recambio vacacional....esperemos que haya recambio, porque si ganan los mismos estamos en el horno...